Mi Valle– Los hechos ocurrieron en Alta Gracia. Los delitos eran perpetrados por el condenado y un menor que por ese entonces tenía 16 años de edad.     

Amenazó a su madre y luego robó a mano armada: le dieron tres años y medio de prisión efectiva – Los hechos ocurrieron en Alta Gracia

Un hombre de 21 años de edad fue condenado mediante juicio abreviado a 3 años y seis meses de prisión luego de que la Justicia lo encontrara culpable de los delitos de Robo calificado por el uso de arma de fuego cuya operatividad no ha podido acreditarse por ningún modo–dos hechos- y Coacción.

La pena impuesta fue valorada por el Fiscal y el Vocal de la Cámara 4º del Crimen, a través de distintas pruebas y el arrepentimiento del detenido, quien reconoció «lisa y llanamente» los hechos.

En primer lugar, se desmembró la coacción, en relación a un hecho de amenazas, que obligó a la madre del imputado a pedir su restricción del hogar. “Si me denuncias, te rompo toda la casa”, le habría dicho en uno de los tantos hechos de violencia en los que se enmarcaba la relación del hijo con su madre. En esa oportunidad, el detenido le habría exigido a la mujer que se fuera del hogar, «porque esta casa es mía«, habría manifestado. El caso de violencia familiar fue tratado mediante estudios y pericias, que determinaron la sumisión de la madre ante las diferentes conductas de su hijo. 

Robo a mano armada

Por otra parte, y yendo a lo estrictamente penal, el ahora condenado, participó de dos robos con amenazas a través de arma de fuego en la ciudad de Alta Gracia, acompañado de un menor que por aquel entonces tenía 16 años. 

Uno de ellos ocurrió en febrero de 2018 en calle San Juan Bosco esquina Arzobispo Castellanos. Allí, ambos delincuentes interceptaron a un hombre que circulaba por el lugar, y tras amenazarlo con un revólver le arrebataron su teléfono celular. El damnificado, salió corriendo y en el camino a su domicilio vio como los dos malvivientes huían en una motocicleta junto a un tercer hombre que nunca pudo ser identificado. 

Pocos días después, volvieron a atacar, esta vez en calle Tucumán esquina Concejal Alonso.  En el lugar interceptaron a un transeúnte, nuevamente con arma de fuego y le exigieron que les diera el celular y que se fuera del lugar. En esta oportunidad, la víctima logró dar inmediato aviso a la Policía, y luego de una persecución, los efectivos lograron detener a ambos. 

Pericias y dictamen

Las pericias dictaminaron que el imputado posee «conciencia y comprensión del sentido y objetivo de sus actos y de la situación en la que se encuentra inmerso», y además los profesionales  hacen algunas recomendaciones en cuanto a su conducta. Sugieren, la realización de tratamiento psicológico y psiquiátrico ambulatorio en su lugar de detención, respecto de su problemática de consumo, hecho que deberá ser controlado por el tribunal.

En cuanto al tema de violencia familiar hacen alusión a que «una de las particularidades que caracterizan la violencia doméstica, es el tiempo de victimización, porque a diferencia de otros delitos aquí la víctima sufre
reiterados comportamientos agresivos, una escalada de violencia cada día o semana más agravada y de mayor riesgo”, hecho que sucedía entre el imputado y su madre. 

A la hora de condenar al acusado, el Tribunal valoró las circunstancias atenuantes y las agravantes en el proceso. Por un lado, tuvo en cuenta el reconocimiento espontáneo, liso y llano que hizo en la audiencia, lo que «de alguna manera revela un cierto grado de arrepentimiento que permite vislumbrar como posible una mínima reinserción social», advirtieron.

Por otra parte, se tuvo en cuenta que es una persona joven para recomponersey que «el imputado trabaja como peón de albañil oficio que le genera pocos ingresos; y que presenta ciertas limitaciones en su formación instructiva en virtud de que no ha concluido el ciclo primario lo cual verifica la existencia de escasas herramientas para medir las consecuencias de su comportamiento».

Además, y ya en su contra, se tuvo en cuenta la reiteración de los delitos «en breve lapso temporal» y además, en relación a la violencia familiar, que el acusado «eligió el ámbito de intimidad para la ejecución del acto ilícito, esto es, en el domicilio familiar que compartía con su madre –característica propia de la violencia familiar– garantizándose una situación de mayor indefensión de la víctima»